Cuando tienes un salvoconducto de permanencia, es decir, tu solicitud de asilo está siendo evaluada, puedes solicitar el PPT. Sin embargo, no está permitido que tengas la condición de refugiado y PPT al mismo tiempo. Para decidir cuál es el estado migratorio que más te conviene, te recomendamos conocer las diferencias entre ambos.
En este artículo te hablaremos sobre las principales diferencias entre ser refugiado y ser titular de un Permiso por Protección Temporal.
¿Qué son la condición de refugiado y PPT?
La condición de refugiado y PPT no son documentos que estén relacionados entre sí o que se complementen. Como dijimos en la introducción, no puedes tener los dos a la vez, sino que debes escoger cuál es el que se adapta más a tu situación de migrante venezolano.
La principal diferencia entre ambos conceptos es que cuando adquieres la condición de refugiado, significa que se ha aceptado tu solicitud de asilo. El asilo se da a las personas que salen de su país por razones que los ponen en riesgo. Este es asignado a las personas que vengan de cualquier país.
Por otro lado, el PPT o Permiso por Protección Temporal es un documento que identifica a los migrantes venezolanos y provee regularización migratoria. Cuando adquieres tu PPT, puedes comenzar a tramitar tu visa de residente.
Duración del asilo y del Permiso por Protección Temporal
La segunda diferencia entre ambas situaciones migratorias es su duración o vigencia. Cuando solicitas el asilo en Colombia, se te entrega un salvoconducto de permanencia, este tiene una duración de 3 meses. El salvoconducto puede ser prorrogado por 3 meses más hasta que tu solicitud sea respondida.
Si tu solicitud de asilo es aprobada, te conviertes en el titular de una visa tipo M cuya duración es de 3 años.
En cuanto al Permiso por Protección Temporal su duración es de 10 años según lo ha establecido el Gobierno de Colombia. Por los momentos, no se ha dicho nada sobre si este período tendrá una prórroga o no.
Posibilidad de entrar a Venezuela
La tercera diferencia entre la condición de refugiado y PPT está centrada en si permiten que sus titulares entren a Venezuela cuando lo deseen. Los venezolanos que tienen condición de refugiados han salido de su país porque en él corren riesgos. Por eso, se supone que no podrán o, mejor dicho, no querrán entrar a él mientras exista el factor que los amenaza.
Lo anterior no significa que quienes tienen asilo en Colombia no puedan viajar a cualquier otro país. Cuando su solicitud es aprobada, obtienen un documento parecido a un pasaporte con el que pueden viajar dentro de Colombia y al extranjero.
Los migrantes venezolanos que tengan Permisos por Protección Temporal sí pueden salir de Colombia y entrar a Venezuela o a otro país cuando lo deseen. La condición más importante es que no estén fuera del territorio colombiano por un período mayor a 180 días.
Plazo de respuesta
La cuarta y última diferencia de la que te hablaremos es cuándo se responde tu solicitud de asilo y de PPT. En cuanto a la solicitud del asilo, no existe un plazo específico en el que puedas recibir una respuesta. Las razones para esto son:
- Cada solicitud es evaluada con mucho detenimiento.
- Se realizan muchas solicitudes de asilo al Gobierno colombiano.
En cuanto a la asignación de un Permiso por Protección Temporal, esta puede hacerse entre 30 y 40 días hábiles. El plazo comienza a ser contado desde el día en que se realiza tu registro biométrico.
Dedica suficiente tiempo a analizar las diferencias entre condición de refugiado y PPT. Cuando lo hagas, ten en cuenta tus circunstancias y así podrás escoger la condición migratoria que más te convenga. Con la siguiente imagen concluimos este artículo y resumimos las diferencias entre el asilo y PPT: